Como
ya es sabido, se ha abierto en SCH la posibilidad de
negociación entre la Empresa y los representantes
sindicales para dotar de un Plan de Pensiones Externo para
toda la plantilla mediante la creación de un fondo de
aportación definida. Con este acuerdo se pondría fin a
un desequilibrio histórico por el cual más del 60% de la
actual plantilla del Banco no tenía posibilidades de
acceder a un complemento por jubilación.
A partir de ahora, nos
encontraremos con una serie de términos como Plan de
Pensiones, aportación definida,
fondo interno o externo, compromisos por
pensiones… y
un largo etcétera, que conviene tener muy claros.
Es por ello que Comfia-CCOO
iniciamos con esta hoja toda una serie para clarificar
estos conceptos.
El criterio legal
La disposición legal que permitió
que las Entidades de Crédito, Seguros y Agencias de
Valores estuvieran exceptuadas de exteriorizar sus
compromisos por pensiones, buscaba garantizar que dichos
compromisos que las empresas tenían constituidos con su
plantilla estuvieran a salvo de los vaivenes de la compañía.
El legislador entendió que las
Entidades citadas ofrecen esta garantía a través del
control que el Banco de España ejerce sobre su actividad,
amén de las obligaciones de dotación del riesgo asumido
que tiene que cumplir con el organismo emisor. De este
modo, salvado el fondo de la cuestión, se les permitió
mantener en balance los compromisos.
Dicho de otro modo, al mantener
los compromisos por pensiones de sus plantillas en régimen
interno, los Bancos están cumpliendo la ley
escrupulosamente. De ahí la posición clara del pasado
mes de Mayo del Tribunal Supremo contra la demanda de UGT.
La vía de la justicia europea es
aún más complicada, toda vez que la Ley de Planes y
Fondos de Pensiones se redactó para refundir y ordenar
una serie de leyes que regulaban este tema, dando
cumplimiento a una Directiva Comunitaria. Si ya es difícil
que un tribunal Europeo obligue a modificar una ley
promulgada por un gobierno de la Unión, aún lo es más
si esta ley se ha hecho cumpliendo una Directiva
Comunitaria.
Lo
que dice el Convenio
Una simple mirada al Convenio
Colectivo, en su artículo 36, nos da la clave: los
trabajadores ingresados antes del 8 de marzo de 1980 que
cumplan ciertos requisitos podrán jubilarse, bien a
petición propia o de acuerdo con la empresa, según el
caso, con una prestación económica a cargo de la Empresa
(llamada PE), según una fórmula que más adelante se
especifica. El Convenio no habla de complementos de
pensiones, ni de fondo interno.
Lo que se llama comúnmente fondo
interno, hace referencia a la dotación que el Banco de
España obliga a hacer a las Entidades de Crédito para
cubrir la posibilidad de que la contingencia se produzca.
Es decir, el Banco de España controla y regula a estas
compañías, tal y como preveía la Ley, y les obliga a
tener previstas y apartadas las cantidades que debería
pagar a su plantilla si todos cumplieran las condiciones
que exige el Convenio para materializar la prestación:
esa es su obligación.
Naturalmente, las dotaciones no
están titularizadas. Se calculan por un actuario cada año,
en función de la plantilla con posibilidades de cumplir
las condiciones descritas en el Convenio.
Lo
que tenemos que negociar
La verdad es que los que hemos
ingresado después de Marzo del 80 no teníamos, hasta
ahora, absolutamente nada en lo referente a complementar
nuestra futura pensión. En este momento se nos abre la única
vía que nos ofrece posibilidades: La negociación con la
Empresa.
Una negociación que desde CC.OO.
estamos reclamando desde hace tiempo, con objetivos
claros, que nos permita establecer fondos de pensiones
externos, con titularidad de cada trabajador y
trabajadora, con una aportación definida por parte de la
Empresa. Una negociación que permita a los que entramos
después del 80 tener complemento de pensión, y a los
ingresados antes del 80, disponer de un derecho
consolidado y titularizado, manteniendo al mismo tiempo
las garantías de convenio como hasta ahora.
Desde CC.OO. hemos negociado ya
muchos Acuerdos con ese final satisfactorio y hace tiempo
que estamos preparados para negociar éste, concretamente
26 años.
15
de junio de 2006 (Continuará…)