Modificaciones
al Acuerdo de Mejoras Sociales realizadas en febrero de 2000.
Compensación durante los años 2000, 2001, 2002, 2003 y 2004
a los trabajadores procedentes del BCH que
tengan algún hijo cursando estudios universitarios
fuera de la plaza de residencia
Además
del módulo de 36.000 pesetas por hijo los Activos y de 26.000 los Jubilados
y Prejubilados, ambos colectivos percibirán, como compensación por la
desaparición de las antiguas ayudas de estudios, una cantidad anual de
45.910 pesetas durante los años citados por cada hijo que curse dichos
estudios. La edad máxima para percibir estas compensaciones se fija en los
27 años para los cinco años citados, pasando posteriormente al límite de
26 años.
Con
este acuerdo adicional quedan solventados los posibles perjuicios que
pudieran darse en la situación anterior.
Cifra a percibir por Jubilados y Prejubilados
Se
eleva a 34.000 pesetas (15.000 en efectivo y 19.000 en un vale consumible).
De esta forma queda solventada la diferencia que teníamos con la Empresa en
este capítulo.
Tipos
de interés aplicables en los Préstamos al Personal Pasivo
Este
capítulo no se había cerrado satisfactoriamente, ya que el tipo de interés
de un punto por debajo del preferencial que estaba acordado en el antiguo
BCH sólo se aplicaba el primer año de vigencia del préstamo, pasando a
aplicarse posteriormente el MIBOR más el 0,50%. Después de interesarnos
por dar una solución a este asunto, hemos acordado con la Empresa la
aplicación del MIBOR más el 0,375% desde el momento de poner en vigor los
préstamos.
Con
estas modificaciones ha quedado cerrado el Acuerdo sobre Mejoras Sociales
En
la misma reunión con al Empresa, hemos exigido la clarificación de los términos
del acuerdo en materia de Condiciones Bancarias, ya que se están
produciendo demoras en la tramitación de los préstamos, sobre todo en la
red BS. Se nos ha informado de que se está haciendo todo lo posible por
agilizar los trámites. No obstante, cualquier trabajador que tenga
problemas en este sentido, puede trasladárnoslos para que los tratemos con
la Empresa y se puedan resolver con rapidez.
Sobre
este capítulo, también hemos planteado la necesidad de que se dé un
tratamiento uniforme a los préstamos cuyo límite supere la cifra máxima
de las cuatro anualidades fijadas en el acuerdo. En una próxima reunión
nos darán respuesta.
Préstamos
para adquisición de vivienda regulados por el Convenio Colectivo
En
cualquier caso, queremos recordar a todos los trabajadores del BSCH la
existencia de los préstamos para adquisición de vivienda regulados en
Convenio Colectivo, al 4% para el presente año (Mibor más 0,25%) y
con límite de 7.500.000 pesetas, cuya concesión es obligatoria para la
Empresa si se reunen los requisitos exigidos por el Convenio. También
queremos resaltar que estos préstamos no requieren garantía hipotecaria y
no son computables en el nivel de endeudamiento que el trabajador puede
alcanzar con el Banco.
Descubiertos
en Cuenta
Para
los descubiertos en cuanta que pueda haber en la red BS por cifras muy
superiores a las fijadas en el acuerdo sobre condiciones bancarias, hemos
solicitado que se establezca un período transitorio y se llegue a un
acuerdo con los interesados sobre la forma de amortización.
Tarjetas
VISA
En
cuanto a los límites establecidos en el acuerdo para las Tarjetas VISA
(600.000 pesetas para Técnicos y 500.000 para Administrativos y Servicios
Generales), recordamos que cualquier trabajador puede establecer límites
inferiores para su Tarjeta si lo desea.
24
de febrero de 2000